Micelio
Auto15 de julio de 2026

A-912 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 2 de junio de 2026 proferido por el J uzgado 007 Penal Municipal con Funciones de Control de Garant�as de Pereira , dentro de la acci�n de tutela presentada por el se�or Luis Norberto G�mez Bedoya a trav�s de apoderado judicial contra la ARL AXA Colpatria S.A., la ARL Equidad S.A. y la Junta Regional de Calificaci�n de Invalidez de Risaralda.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC - 5452 a l J uzgado 007 Penal Municipal con Funciones de Control de Garant�as de Pereira, p ara que de forma inmediata, tramite y adopte la decisi�n que le corresponda respecto de la presente acci�n de tutela.
  3. TERCERO. ADVERTIR al J uzgado 007 Penal Municipal con Funciones de Control de Garant�as de Pereira , para que, en el futuro, se abstenga de apartarse del conocimiento de acciones de tutela con fundamento en simples reglas de reparto.
  4. CUARTO. Por intermedio de la Secretar�a General, COMUNICAR la decisi�n adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado 007 Administrativo del Circuito de Pereira . Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital, archivo �2_RepartoyRadic_002Demandayanexos_1_20260604112839714�. [2] Expediente digital, archivo �3_RepartoyRadic_003AutoRechaza202600_2_20260604112840042�. [3] Expediente digital, archivo �6_Autoproponeco_202600219TutelaPropo_0_20260605094027392�. [4] Ibid. [5] Corte Constitucional, autos 244 de 2011, 218 de 2014, 492 de 2017, 565 de 2017, 178 de 2018, 057 de 2019, 268 de 2019, 026 de 2020 139 de 2020, 021 de 2021, 079 de 2021 y 598 de 2021, 846 de 2022, 2752 de 2023, 597 de 2024, entre otros. [6] Corte Constitucional, autos 411 y 412 de 2020 y 018 y 021 de 2021, 2752 de 2023, 597 de 2024, entre otros. [7] Corte Constitucional, autos 184 de 2019, 431 de 2020 y 021 de 2021, 2752 de 2023, 597 de 2024. [8] Incorporado por el Acto Legislativo 01 de 2017 que dispone: �las peticiones de acci�n de tutela deber�n ser presentadas ante el Tribunal para la Paz, �nico competente para conocer de ellas�. Auto 021 de 2018. [9] Corte Constitucional, autos 493 de 2017, 131 de 2018, 057 de 2019, 018 de 2019, 304 de 2020, 016 de 2021 y 018 de 2021, entre otros. [10] Corte Constitucional, autos 655 de 2017 y 225 de 2018. [11] Corte Constitucional, autos 105 de 2016, 157 de 2016, 007 de 2017, 028 de 2017, 030 de 2017, 052 de 2017, 059 de 2017, 059A de 2017, 061 de 2017, 063 de 2017, 064 de 2017, 066 de 2017, 067 de 2017, 072 de 2017, 086 de 2017, 087 de 2017, 106 de 2017, 152 de 2017, 171 de 2017, 197 de 2017, 332 de 2017, 325 de 2018, 242 de 2019 y 193 de 2021. [12] Corte Constitucional, autos 481 y 495 de 2019, 026, 159, 347 y 398 de 2020.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.